“Esta es mi propuesta señor ministro de salud, permita que millones de pruebas de antígeno rápidas se puedan vender en farmacias con precio subsidiado por el gobierno, para que la persona misma pueda controlar la enfermedad del COVID y aislarse si es positiva”.

Ene 13, 2022

Gustavo Petro - Pacto Histórico - Pre candidato Fuente: https://twitter.com/petrogustavo/status/1481609924203450370
Datos:

No aplica

Factibilidad:

Ya se hace

Información científica:

No aplica

Razonamiento:

No aplica

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La posibilidad de que en Colombia puedan utilizarse las pruebas rápidas de antígenos existe desde la expedición del Decreto No 476 de 2020 e, igualmente con la Resolución 522 de 2020 se establecieron los requisitos para fabricar o importar los insumos necesarios para mitigar los efectos de la pandemia. Por lo tanto, desde 2020 el INVIMA puede otorgar certificados y permisos. Al respecto, en la página de la entidad se pueden consultar las certificaciones y permisos para importar las siguientes pruebas: PANBIO™ COVID-19 AG RAPID TEST DEVICE (NASAL) y SARS-COV-2 RAPID ANTIGEN TEST, entre otras. Sin embargo, existen dos apremios de carácter institucional. En primer lugar, en Colombia solo el personal de salud está autorizado para realizar pruebas diagnósticas, así lo establece la Resolución 200 de 2021. En segundo lugar, aunque la prueba fuera realizada por el personal autorizado, según la normatividad vigente, los resultados deben ser siempre confirmados a través de pruebas analizadas en laboratorios, tal como se indica en el artículo 20 del Decreto No. 1374 de 2021, entonces, mientras no se superen dichos apremios, la posibilidad de realizar pruebas caseras sigue siendo una sugerencia.

Frente al tema del precio subsidiado, es importante recordar que el 25 de agosto de 2020, el MinSalud expidió la Resolución 1463. Esta se tramitó en el marco del programa PRASS, el cual centra su atención en aumentar la realización de las pruebas diagnósticas para la Covid-19. De esta manera, la resolución estableció lo siguiente: “Los recursos para la financiación de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico COVID-19 […] serán los previstos en el Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) e incorporados en el Presupuesto del Ministerio de Hacienda Público, dispuestos al Ministerio de Salud y Protección Social y transferidos a la ADRES” (artículo 6).

Entonces, ¿por qué es importante que el MinSalud estudie la venta en farmacia de pruebas rápidas caseras? Según la OMS, este tipo de pruebas presentan tres ventajas. En primer lugar, los resultados se obtienen de 10 a 30 minutos. En segundo lugar, su realización suele ser más sencilla. En tercer lugar, suelen ser menos costosas. Esto permite que un mayor número de personas pueda acceder a ellas. Y, por último, las personas no tendrían que desplazarse hacía laboratorios o, incluso, pagar un servicio adicional por la realización de pruebas domiciliarias.  De todas maneras, es importante recordar, que si bien presentan las ventajas anteriormente mencionadas, los resultados suelen ser menos precisos que las pruebas de PCR, así, un falso negativo podría implicar un riesgo de contagio para otras personas.

En conclusión, la propuesta de permitir que millones de pruebas de antígeno rápidas se puedan vender en farmacias, puede ser viable si se modifican los apremios institucionales mencionados. Para el caso del subsidio en los precios, es importante resaltar que mediante la Resolución 1463 de 2020, el MinSalud tiene previsto una serie de recursos de financiación, por tal razón es algo que ya se hace. Por último, aunque estas pruebas rápidas caseras presentan ventajas importantes, los resultados diagnósticos suelen ser menos precisos que las pruebas PCR, así, se podría crear una falsa seguridad que terminaría con la aparición de nuevos casos positivos y un mayor riesgo de contagio.

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